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Carta de derechos de los ciudadanos ante la justicia

2 Comentarios
 
Carta de derechos de los ciudadanos ante la justicia
01/10/2019 18:35
Por casualidad, hace unos días descubrí que en el año 2002 el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, como proposición no de ley, el texto de la Carta de derechos de los ciudadanos ante la Justicia, que establece un catálogo de derechos de los usuarios de la Justicia.

Dicha Carta desarrolla y enumera uan serie de principios de transparencia, información y atención adecuada, con la finalidad de conseguir una administración de justicia responsable ante los ciudadanos, quienes podrán formular quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la misma y exigir, en caso necesario, las reparaciones a que hubiera lugar.

Si se cumpliera un 10%, solo un 10% de esos supuestos 'derechos de los ciudadanos', nuestra Administración de Justicia sería casi 'celestial'.

El que tenga curiosidad, puede descasrgarse dicha Carta en el siguiente enlace: https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/Carta%20de%20derechos%20de%20los%20ciudadanos.pdf?idFile=a9809969-7228-4a35-97f2-b924ec38ab44
01/10/2019 18:50
Condemar
Entre otros derechos, la Carta de derechos de los ciudadanos ante la Justicia menciona los siguientes:

El ciudadano tiene derecho a conocer el contenido y estado de los procesos en los que tenga interés legítimo de acuerdo con lo dispuesto en las leyes procesales. Los interesados tendrán acceso a los documentos, libros, archivos, y registros judiciales que no tengan carácter reservado. Las autoridades y funcionarios expondrán por escrito al ciudadano que lo solicite los motivos por los que se deniega el acceso a una información de carácter procesal.
JA,JA,JA,JA. ¿Para cuando?

El ciudadano tiene derecho a disponer gratuitamente de los formularios necesarios para el ejercicio de sus derechos ante los tribunales cuando no sea preceptiva la intervención de Abogado y Procurador.
JA,JA,JA,JA. ¿Para cuando?

El ciudadano tiene derecho a exigir que las actuaciones judiciales en las que resulte preceptiva su comparecencia se celebren con la máxima puntualidad. El juez o el Secretario Judicial deberá informar al ciudadano sobre las razones del retraso o de la suspensión de cualquier actuación procesal a la que estuviera convocado. La suspensión se comunicará al ciudadano, salvo causa de fuerza mayor, con antelación suficiente para evitar su desplazamiento.
JA,JA,JA,JA ¿de verdad?

Se procurará siempre concentrar en un solo día las distintas actuaciones que exijan la comparecencia de una persona ante un mismo órgano judicial. Se tramitarán con preferencia y máxima celeridad las indemnizaciones económicas que corresponda percibir al ciudadano por los desplazamientos para acudir a una actuación judicial. Las dependencias judiciales accesibles al público, tales como zonas de espera, salas de vistas o clínicas médico-forenses, deberán reunir las condiciones y servicios necesarios para asegurar una correcta atención al ciudadano.
JA,JA,JA,JA

El ciudadano tiene derecho a ser atendido personalmente por el Juez o por el Secretario Judicial respecto a cualquier incidencia relacionada con el funcionamiento del órgano judicial.
JA,JA,JA,JA Es más fácil coinseguir una audiencia papal que con cualquier juez de primera instancia o instruccion.

El ciudadano tiene derecho a formular reclamaciones, quejas y sugerencias relativas al incorrecto funcionamiento de la Administración de Justicia, así como a recibir respuesta a las mismas con la mayor celeridad y, en todo caso, dentro del plazo de un mes.
Las Administraciones Públicas competentes implantarán sistemas para garantizar el ejercicio de este derecho por vía telemática. En todas las dependencias de la Administración de Justicia estarán a disposición del ciudadano, en lugar visible y suficientemente indicado, los formularios necesarios para ejercer este derecho.
JA,JA,JA,JA. ¿Alguien vió alguna vez en algún juzgado esos formularios para presentar quejas? r¿Y alguien conoce como se pueden presentasr quejas telematicamente?

En fin, soñar es gratis....
08/05/2020 19:14
astrolabio
No está usted soñando señor mío, está usted viviendo una cruda realidad. La realidad de que vivimos sin lugar a dudas en un país gobernado por corruptos, por delincuentes. En un país en el que el poder legislativo y judicial van desgraciadamente de la mano (no son poderes independientes). Mientras el poder legislativo, de forma obstinada, pretende cubrir o proteger a toda la ciudadanía española con un falso manto de justicia (en aras a la lavar su sucia imagen y tapar su ausente dignidad); el poder judicial se encarga de retirarnos dicho manto de forma brusca, amparándose o escondíéndose bajo negros disfraces llenos de emblemas y condecoraciones brillantes e inútiles.
Señor mío, le informo a usted de que hemos pasado de una cruda dictadura militar a una dictadura social encubierta, a la cual todos los partidos políticos pretender gobernar.
¿No lo cree usted así?
Si no lo cree usted así, ¿Porqué de forma plausible, el poder judicial incumple obstinadamente lo indicado en la referenciada Carta de los Derechos del Ciudadano ante la Justicia? Que yo sepa el Consejo General del Poder Judicial ha ratificado dicho contenido.
A mi juicio cualquier tipo de servicio de reclamación, ya sea por correo ordinario o por correo telemático, constituye sin lugar a dudas una herramienta eficaz para advertir o informar a los que han cometido alguna ilegalidad o infracción, de que hay una persona física o jurídica molesta o perjudicada con un determinado asunto. ¿Porqué diantres tenemos todos que presentar una queja o una reclamación ante el mismo orden que ha actuado de forma injusta, arbitraria o ilegal?
¿Porqué no existe un órgano o poder independiente, que regule el mal funcionamiento de los otros tres poderes (legislativo, judicial y ejecutivo), que sea gobernado exclusivamente por personas de probada honradez, juicio y sentido común; para evitar que la ciudadanía tenga que sufrir habitualmente, de forma estoica, las consecuencias de actuaciones ilícitas y criminales perpetradas redes o entramados fuertemente organizados?.
En todos los calentadores y calderas de agua caliente es obligatoria o preceptiva la instalación de un dispositivo de seguridad (válvula de descarga por exceso de presión de agua, válvula de corte de suministro de combustible, etc), que permita evitar que un calentador o caldera llegue a explotar, si se produce una avería de funcionamiento en alguno de sus dispositivos de control.
¿Porqué no instala dicho dispositivo de seguridad en el funcionamiento de nuestra sociedad?
¿Acaso nuestra sociedad no es de hecho una gran caldera humana, con diferentes pensamientos e intereses contrapuestos?
"Ahora vas y lo cascas."
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